El TC ampara a un enfermo bipolar internado en contra de su voluntad

Es la primera vez que se enjuicia un caso de ingreso psiquiátrico urgente desde la óptica del derecho a la libertad personal

El Tribunal Constitucional (TC) ha otorgado el amparo a un enfermo a al que se diagnosticó un trastorno bipolar y se le internó de urgencia en un centro psiquiátrico en contra de su voluntad, al considerar que su derecho a la libertad personal fue vulnerado. La sentencia, dada a conocer este lunes, declara la nulidad de los autos del Juzgado de Primera Instancia número 16 de Granada, que ordernó el internamiento, y da la razón al demandante cuando se queja de no haber recibido la necesaria información sobre sus derechos.

En su fallo, el alto tribunal destaca que «se trata del primer recurso de amparo en el que se enjuicia un caso de internamiento psiquiátrico urgente desde la óptica del derecho fundamental a la libertad personal». Además, hace un llamamiento al poder legislador para que regule este tipo de situaciones «a la mayor brevedad posible mediante ley orgánica», y recuerda que ya ha solicitado esto mismo en el pasado sin que su petición haya sido atendida.

Los hechos se remontan al 2 de mayo de 2007, cuando el demandante ingresó en la Unidad Mental del Hospital Universitario San Cecilio de Granada. El juzgado recibió al día siguiente la comunicación, pero emitió su resolución fuera de plazo, cuando el enfermo ya había recibido el alta médica, con un exceso de 14 días sobre el plazo legal de 72 horas.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Rodríguez Arribas, da la razón al recurrente cuando se queja de no haber recibido la necesaria información sobre sus derechos, la designación de abogado y procurador para su defensa o la práctica de posibles pruebas. En este sentido, el demandante criticó que el juez no hubiera tenido en cuenta la declaración de sus hermanos sobre el conflicto familiar que tenía con su esposa, que fue quien solicitó el internamiento.

Los magistrados añaden que el informe del hospital y del médico forense no argumentó de manera clara la necesidad y proporcionalidad de la medida ni explicó por qué no bastaba con un tratamiento ambulatorio.


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