Una breve historia [radiada] de violencia institucional

En la pieza sonora que os enlazamos a continuación, emitida en el programa “En primera persona” de Radio Nacional de España el día 16 de febrero de 2015, escuchamos a un médico forense y a una jueza durante el ejercicio de su valoración de la legalidad de los internamientos psiquiátricos que se hacen sin el consentimiento de las personas ingresadas. Ejemplifica el modo habitual de proceder a la hora de efectuar la peritación médico-forense y la audiencia del interesado ante el juez que requiere la ley para justificar la aplicación de esta medida de privación de libertad.

Audio: «Muchos son pacientes no tienen conciencia de enfermedad»

Estos 19 minutos nos parecen un perfecto testimonio del razonamiento y la ideología que subyacen al juicio sobre la justificación de la medida, a saber:

  • Que es posible vulnerar el derecho fundamental a la libertad si se hace porque se cree que se están imponiendo unas medidas (el internamiento psiquiátrico y la medicación forzosa) supuestamente terapéuticas.
  • Y que la voluntad de una persona puede ser legalmente vulnerada si se entiende que la denominada “falta de conciencia de enfermedad” es un sinónimo de la capacidad de decidir sobre la necesidad de recibir o no tratamiento.

El médico forense cuyo recorrido acompañamos en el programa de radio lo tiene claro: basándose en una teoría más que refutada por la investigación, la del Déficit Cognitivo en la esquizofrenia[1], que defiende que las personas con este padecimiento van perdiendo capacidades cognitivas de manera progresiva tras cada crisis, asume la necesidad de medicación y de ingreso hospitalario para evitar “que las personas no se vayan degenerando” (minuto 10:10).

En una de las entrevistas que podemos escuchar (minuto 3:42), el forense pregunta a una de las personas a las que está valorando si cree que es necesario el tratamiento farmacológico que está recibiendo. La respuesta de que la multitud de fármacos que ha recibido no le sirven para evitar que tenga las ideas que le hacen sufrir, no es suficiente para el forense: “Es el psiquiatra el que te lo tiene que decir”, le plantea. “La medicación es necesaria para que estés lo más estable posible”, dictamina. Y con estos dos argumentos de autoridad sentencia la incompetencia del diagnosticado para decidir sobre lo que le viene bien, en virtud del supuesto de su nula conciencia de enfermedad, que considera inherente al trastorno que le etiqueta.

Ante este panorama, en el que se justifica la violación de los derechos humanos fundamentales basándose en supuestos y hechos indemostrados, no podemos más que exigir, una vez más, que desaparezca de la legalidad vigente la posibilidad de internar forzosamente a una persona.

[1] Una revisión que refuta esta teoría es la de Miguel A. Valverde, titulada Una crítica a la teoría del déficit cognitivo en la esquizofrenia, publicada en la revista de la Asociación Española de Neuropsiquiatría


Publicado a fecha de

en

,